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Defensa de la Constitución: Legalidad y Legitimidad (El “caso Podemos”)

Por Manuel Pastor Martínez
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Conscientemente titulo este ensayo fundiendo los títulos de dos obras clásicas de Carl Schmitt que eran como secuelas a su gran tratado Teoría de la Constitución (1929): La Defensa de la Constitución (1931) y Legalidad y Legitimidad (1932), los últimos de sus escritos más famosos antes de la Catástrofe alemana que se inicia con la victoria “legal” del nazismo en las elecciones parlamentarias (Noviembre de 1932) y el nombramiento de Hitler como canciller (Enero de 1933). Era la culminación de la vía o revolución “legal” para la conquista del Estado, como había anunciado el Führer. Años más tarde nos recordará irónicamente Schmitt que en una novela de Bertold Brecht el jefe de una banda de gansters avisa a sus pistoleros que todo el trabajo tiene que ser “legal”. “La legalidad se convierte en un arma envenenada que se lanza a la espalda del adversario político (…) Aquí termina la legalidad, en una consigna de gansters. Había comenzado como un mensaje de la diosa Razón.”(C. Schmitt, introducción a una nueva edición de Legalidad y Legitimidad, Ed. Aguilar, Madrid, 1971, p. xxvii).

El gigante intelectual del liberalismo del siglo XX, filósofo social y Nobel de Economía, Friedrich A. Hayek, afirmaba en su obra clásica de teoría constitucional: “La conducta de Carl Schmitt bajo el régimen de Hitler no altera el hecho de que, de todos los escritos sobre la materia en la Alemania moderna, los suyos siguen destacando entre los más profundos y perspicaces” (F. A. Hayek, The Constitution of Liberty, University of Chicago Press, Chicago, 1960, p. 485).

En nuestro país este problema teórico fue inicialmente planteado, hace ya muchos años, por el profesor Raúl Morodo en su artículo “Constitución, legalidad, legitimidad” (Boletín Informativo del Seminario de Derecho Político, 26, Princeton, NJ, 1962, recogido en el volumen que tuve el encargo de editar: E. Tierno Galván y Raúl Morodo, Estudios de pensamiento político, Ed. Tucar, Madrid, 1976), y en el que el autor no llegó aparentemente a una conclusión definitiva desde la perspectiva del constitucionalismo clásico democrático-liberal, como se infiere de otros ensayos suyos más recientes (“Revolución bolivariana y legalidad democrática”, Le Monde Diplomatique/Mémoire des Luttes, Junio 2009, complementado con “El complejo proceso del cambio en Venezuela”, Kosmos-Polis, Abril 2014).

Precisamente el tema de la “revolución bolivariana” y del “proceso de cambio en Venezuela” nos remite directamente al “caso Podemos” en España y el escándalo de su presunta financiación por el régimen de Hugo Chávez, a través de la fundación CEPS durante el período 2008-2011, y directamente a los futuros líderes del nuevo partido populista en la escena española desde 2014, aparte de la asimismo presunta financiación proveniente de Irán a través de programas de una cadena de televisión.

Carl Schmitt comenzó a escribir el último de sus textos aquí mencionados en la primavera del compulsivo y crítico año de 1932. La tesis que subyace en toda su teoría y defensa de la Constitución aparece en la conclusión de Legalidad y Legitimidad en su rotunda y enérgica claridad: ninguna Constitución puede legitimar las fuerzas de su propia destrucción. Analizando las tendencias hacia el “Estado Totalitario” del comunismo y del nazismo en la República de Weimar, y la necesidad de una “autoridad estable” que neutralice la “politización total de toda la existencia humana”, y “el manto de la legitimidad plebiscitaria”, la legalidad y la legitimidad pueden convertirse en “instrumentos tácticos” de las ideologías totalitarias, y en una situación extrema “la legalidad, la legitimidad y la Constitución, en vez de impedir la guerra civil, solo contribuye a exacerbarla”. Una Constitución que no se atreviera aquí a adoptar una actitud decidida invocando una “neutralidad axiológica del sistema mayoritario funcionalista”, tendría asegurada la crisis de legitimidad de una democracia liberal. Si falta la decisión del Estado y sus órganos del Poder Ejecutivo y Judicial, como advertía Schmitt en las palabras finales de su ensayo, “pronto se acabará con las ficciones de un funcionalismo mayoritario, que permanece neutral ante los valores y ante la verdad/realidad. Entonces la verdad/realidad se vengará” (C. Schmitt, ed. cit., páginas 146, 152-154).

Es extraño que la crisis parlamentaria española desencadenada a partir de las elecciones del 20 de Diciembre de 2015 no haya suscitado debates en profundidad, aparte de las habituales tertulias de periodistas y analistas, superficiales y repetitivas. El único de cierta altura, que yo sepa, fue el foro político propiciado por El Confidencial, DYM y Banco Sabadell el pasado 26 de Abril, en el que participaron cuatro reputados politólogos: Edurne Uriarte (catedrática de Ciencia Política en la Universidad Rey Juan Carlos), Julián Santamaría (catedrático jubilado de la Universidad Complutense de Madrid), Francesc de Carreras (catedrático jubilado de la Universidad Autónoma de Barcelona) y Gabriel Colomé (profesor titular de Ciencia Política en la Universidad Autónoma de Barcelona). Las opiniones de todos ellos, sin dejar de ser interesantes, tampoco profundizaron en las causas de la crisis parlamentaria y constitucional, siendo incapaces de describir y prescribir una posible solución a la misma, fuera de unas valoraciones políticas personales y otras obviedades. A mi juicio la principal limitación intelectual de tan ilustres contertulios (y de muchos otros que no es necesario traer ahora a colación) se puede resumir en indiferencia o incapacidad a la hora de distinguir la legalidad y la legitimidad.

El filósofo polaco Leszek Kolakowski mantuvo la tensión de esta tesis en algunos ensayos suyos hasta la caída del comunismo en el Este de Europa, como “Totalitarianism and the Lie” (Commentary, New York, May 1983) y “The Self-Poisoning of the Open Society” (en el volumen Modernity on Endless Trial, University of Chicago Press, Chicago, 1991), donde denuncia que el talón de Aquiles de las sociedades democráticas es también su fundamento moral, el principio de tolerancia que se extiende incluso a aquellos que quieren destruirlas.

El número 111 pasará a los anales históricos como símbolo de vergüenza del parlamentarismo español, por la incapacidad o incompetencia de los partidos y sus líderes durante 111 días en pactar y formar un gobierno. Por supuesto, la responsabilidad está repartida, pero el principal culpable políticamente –no tengo ninguna duda- fue Pedro Sánchez (y su partido, el PSOE). Pero hay otra responsabilidad, la jurídico-constitucional, que está repartida entre el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo, y dentro de éste entre el Jefe de Estado y el Jefe de Gobierno (véase M. Pastor, “La Defensa de la Constitución y los floreros de La Zarzuela”, La Crítica, Abril 2016).

Ahora comprendemos que el “ideal kitsch del totalitarismo” (según el novelista checo Milan Kundera) y el “sentimentalismo totalitario” (según el filósofo británico Roger Scruton), gracias a la aportación española de Julio Anguita, Alberto Garzón y Pablo Iglesias, puede fácilmente derivar en “totalitarismo cursi”.

Más en serio, el modelo y el talante totalitarios del nazismo en Weimar tuvieron un claro precedente, como el propio Carl Schmitt intuyó y anticipó (Legalidad y Legitimidad, 1932) en el bolchevismo. Gracias a los testimonios políticos de Parvus (1918), Ludendorff (1919), Hoffmann (1924, 1929), Scheidemann (1929), Sisson (1931), etc., y a las investigaciones historiográficas de Wheeler-Bennett (1938), Shub (1948), Zeman (1958), Zeman & Scharlau (1965), y Pipes (1990), entre otros, está muy documentado el hecho objetivo de que Lenin actuó como agente financiado del militarismo alemán, es decir, traidor a Rusia, a su incipiente democracia y a sus aliados occidentales en la Primera Guerra Mundial. Las consecuencias se vieron de inmediato en el golpe de Estado (Octubre 1917), la clausura de la Asamblea Constituyente (Enero 1918), y el Tratado de Brest-Litovsk (Marzo 1918), legado que culminará en el infame pacto de 1939 del Totalitarismo nazi con el Totalitarismo soviético de Stalin, la genuina herencia y el verdadero heredero de Lenin, como vieron aguda y tempranamente Nicolás Berdiaiev (El origen del comunismo ruso, 1937), Max Eastman (Stalin´s Russia, 1939), y James Burnham (en su famosa polémica con Trotsky ,1939-1940, y en “The Lenin´s Heir”, 1945).

Pensando en figuras históricas, aunque brutales, como Lenin, Hitler o Stalin, y comparándolas con personajes de nuestro tiempo como Julio Anguita, Hugo Chávez, Pablo Iglesias o Alberto Garzón, resulta inevitable recordar la famosa cita de un pensador poco perspicaz políticamente pero con innegable talento literario: “Hegel dice en alguna parte que todos los grandes hechos y personajes de la historia universal se producen, como si dijéramos, dos veces. Pero se olvidó de agregar: una vez como tragedia y otra vez como farsa” (Karl Marx, El 18 Brumario de Louis Bonaparte, 1852).

Manuel Pastor Martínez

Catedrático de la Universidad Complutense de Madrid

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