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EL CASO LINDSAY CLANCY

(Ilustración: La Crítica / IA)
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(Ilustración: La Crítica / IA)

LA PSICOSIS POSPARTO. LA LLEGADA AL BORDE DEL ABISMO

LA CRÍTICA 8 SEPTIEMBRE 2026

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Aunque el parricidio ya no se considera un delito independiente en nuestro código penal y ha sido incorporado bajo la denominación de homicidio, la ley sigue reconociendo la relación de parentesco como un factor agravante, incluso asimilando, en ciertos casos y circunstancias, las penas a las de asesinato, las cuales pueden incluir la prisión permanente revisable. (...)

NOSOTRAS PARIMOS NOSOTRAS DECIDIMOS…

No parece que esta frase tenga una autoría específica. Se empezó a utilizar en las manifestaciones feministas de los años 70, especialmente durante la transición española y en Italia. Aquellas que repetían esta consigna reivindicaban particularmente el derecho al aborto libre y gratuito, además de exigir que la sanidad pública contara con los recursos necesarios para facilitar la interrupción voluntaria del embarazo a solicitud de la embarazada. Esta demanda no imponía límites en cuanto a la temporalidad del aborto ni a los motivos que justificaran la interrupción, especialmente por parte de los sectores feministas más radicales. En España, el derecho al aborto fue reconocido y regulado por primera vez en 1985, permitiendo la interrupción del embarazo SIN LÍMITE DE TIEMPO DE GESTACION si existía un riesgo físico o psicológico para la madre; durante las primeras 12 semanas de gestación en casos de violación, y ampliándose a 22 semanas en caso de malformación del feto. Reformas posteriores (Ley de Plazos de 2015 y las reformas de 2023 y 2025) permitieron a la mujer abortar libremente durante las primeras 14 primeras semanas sin necesidad de justificar su decisión, abarcando este derecho a todas las mujeres, incluso aquellas de 16 y 17 años que no requerirán autorización de sus padres. Se anulaba con estas reformas la justificación del aborto sin límite de plazo con el argumento del riesgo PSICOLÓGICO para la madre, que fue un verdadero vacío en la legislación de 1985 que causó que algunas clínicas abortistas encontraron una salida para realizar abortos casi hasta el momento del parto, debido a la facilidad para justificar dicho riesgo psicológico. Téngase en cuenta las consecuencias que trajo este vacío de la Ley para lo que analizaremos sobre el caso de Lindsay Clancy.

Las reformas subsiguientes finalmente establecieron un límite para la realización del aborto en los casos de riesgo psicológico para la madre dentro de las 22 primeras semanas de gestación.

Hasta este punto, se reconoce el derecho, con variantes en diferentes países, para que una mujer pueda poner fin a su propia descendencia antes del nacimiento. No obstante, la frase “NOSOTRAS PARIMOS NOSOTRAS DECIDIMOS…” queda aún incompleta. ¿Qué es exactamente lo que desean decidir y sobre quiénes?

EL CASO LINDSAY CLANCY

Actualmente está en los titulares el juicio contra una madre que en enero de 2023 asesinó a sus tres hijos menores (de 8 meses, 3 y 5 años) a quienes estranguló en el sótano de su vivienda. La estrategia de defensa de que esta mujer no tiene responsabilidad debido a su “psicosis posparto” no solo se presenta como un argumento jurídico dentro del recinto donde se celebra la vista, sino que ya ha trascendido el ámbito del juicio, extendiéndose como una mancha de aceite a la sociedad, logrando apoyo de feministas y no feministas que consideran válida la justificación para esos asesinatos basada en la supuesta enfermedad mental de la madre.

Antes de continuar debemos considerar que el trastorno mental puede ser una eximente completa y por tanto sí sería legítimo que el autor del delito quede exento de responsabilidad penal. Pero eso no significa que el hecho lo deje libre sin más consecuencias, entre ellas la responsabilidad civil propia o subsidiaria o su internamiento en un centro psiquiátrico.

Pero no podemos reducir esos sucesos al acontecimiento del juicio en sí. En paralelo se están produciendo manifestaciones de las que podemos extraer derivadas más serias. Tenemos que profundizar en esas manifestaciones y pensar qué buscan y hacia donde nos quieren llevar quienes se manifiestan y las enormes trascendencias tanto filosóficas como sociológicas que subyacen en su mensaje oculto.

Esos manifestantes no irían a manifestarse a favor de un hombre o una mujer que hubiese matado sin más a un semejante. Van a manifestarse a favor de una mujer que ha sido madre. Si seguimos reduciendo a ese grupo de manifestantes, hay un sector que tampoco irían a manifestarse a favor de una madre que, de manera consciente, matase a sus hijos por motivos egoístas. Ya ha habido casos de madres que mataron a sus hijos porque les molestaban y no ha reunido manifestaciones de apoyo feminista. Así que llegamos a la motivación final: se manifiestan a favor de una madre que ha matado a sus hijos por causa de una enfermedad causada, según la defensa, por el parto. Por tanto, me atrevo a la primera derivada. De forma consciente o inconsciente, en el seno de esos manifestantes, radica un grupo que, al parecer, quiere manifestarse contra algo muy curioso: la naturaleza ha sido injusta contra las mujeres al otorgarles la exclusividad de gestar y parir, no haciendo un reparto equitativo entre los dos sexos. Tal y como tenemos todos aceptado, la igualdad entre los sexos equivale al reparto de obligaciones y derechos, igualdad que no se produce en traer hijos al mundo. El feminismo extremo quiere solucionar lo que para ellas es una injusticia de la naturaleza en favor de patriarcado y la frase correcta para ella sería un condicional “SI NOSOTRAS PARIMOS, NOSOTRAS DECIDIMOS”. Es decir, si la naturaleza ha sido injusta con nosotras, queremos una compensación: decidir qué hacemos con lo que se está gestando dentro de nosotras. Pero ahí no acaba su última intención, a juzgar por lo que se está viendo en Massachusetts.

Como quedó demostrado con el vacío legal que dejó la Ley de 1985 que regulaba el derecho al aborto en España, un argumento tan endeble como su justificación por causas psíquicas trajo como consecuencia que seres humanos perfectamente viables fueran encontrados entre los restos biológicos de algunas clínicas abortistas, como si de órganos amputados se tratara. Ahora nos encontramos con la eliminación, no de fetos dentro del vientre materno, sino de personas ya nacidas. Cabría estudiar a qué parte de los que conocen del caso a nivel mundial les parecería justificado dejar sin ningún tipo de responsabilidad penal y sin consecuencia de ningún otro tipo a Lindsay Clancy. A ese sector, que estoy convencido existe, habría que ponerlos ante el abismo que supone un precedente legal que sentara jurisprudencia y que llegara a justificar el hecho de que una madre pueda eliminar a sus hijos nacidos con un pretexto legal (el trauma psicológico) que se ha demostrado tan endeble, pero a su vez tan útil como para poder matarlos, sin más. Sirva como ejemplo el muy reciente caso de Corey A. Walsh, una mujer de 38 años, acérrima partidaria y defensora de Lindsay Clancy, acusada de asesinar en el estado de Illinois a principios de septiembre de 2026 a su hijo de 2 años Aún no se conocen las circunstancias exactas en la fecha en que se redacta este escrito, “pero la fiscalía y los investigadores locales señalaron que Walsh presuntamente actuó influenciada por una fuerte obsesión con el mediático juicio por infanticidio de Lindsay Clancy” (Instagram).

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