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CEUTA: DEFENDER LA FRONTERA NO ES UNA OPCIÓN DEL GOBIERNO

LA CRÍTICA 4 SEPTEIMBRE 2026

Por Íñigo Castellano Barón
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Hay una cuestión previa a cualquier discusión sobre lo ocurrido en Ceuta que quizá estemos olvidando. Antes de hablar de inmigración, solidaridad, Marruecos, menores, derechos humanos o política europea, convendría recordar algo mucho más elemental: el Gobierno de España está obligado a defender las fronteras españolas y a garantizar dentro de ellas el orden público y la seguridad de los ciudadanos. No puede elegir hacerlo o no hacerlo según las circunstancias políticas del momento. Forma parte de las obligaciones esenciales que justifican la propia existencia del Estado. (...)

La Constitución resulta bastante menos ambigua que algunos discursos políticos. Su artículo 97 establece que corresponde al Gobierno dirigir la política interior y exterior, la Administración civil y militar y «la defensa del Estado». El artículo 104 encomienda a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, dependientes del Gobierno, garantizar la seguridad ciudadana. Y el artículo 149 reserva al Estado competencias exclusivas sobre nacionalidad, inmigración, extranjería, relaciones internacionales y defensa. No estamos, pues, ante una atribución voluntaria ni ante una cuestión que pueda delegarse moralmente en Bruselas, Rabat o en las autoridades ceutíes.

Una frontera tiene precisamente esa función: determinar dónde comienza el territorio sobre el que rige plenamente un ordenamiento jurídico. Si miles de personas pueden atravesarla simultáneamente al margen de los procedimientos establecidos, el problema inmediato no consiste en determinar si esas personas merecen nuestra compasión —que naturalmente pueden merecerla—, sino en constatar que durante un determinado espacio de tiempo el Estado ha perdido la capacidad efectiva de decidir quién entra en su territorio. Y ésa es una cuestión gravísima. Porque una frontera cuya observancia depende de que quienes se encuentran al otro lado decidan respetarla deja de cumplir plenamente su función. Un Estado puede cooperar con su vecino, concertar tratados, solicitar colaboración policial y establecer relaciones diplomáticas excelentes. Lo que no puede hacer es convertir esa colaboración en condición indispensable de su propia soberanía. Marruecos puede colaborar o dejar de hacerlo; España, en cambio, no puede dejar de proteger Ceuta.

Existe además una confusión que interesa despejar. Defender una frontera no significa negar derechos a quien consigue cruzarla. Son dos momentos jurídicos diferentes. El Estado tiene obligación de impedir las entradas ilegales mediante los instrumentos permitidos por la ley y, una vez producidas, debe identificar a las personas, estudiar individualmente las situaciones que procedan, proteger a los menores, tramitar las solicitudes de asilo que correspondan y efectuar los retornos legalmente posibles. Humanidad y autoridad no son conceptos incompatibles. Precisamente un Estado de Derecho debe ser capaz de ejercer ambas simultáneamente. El error consiste en presentar cualquier defensa efectiva de la frontera como una forma de insensibilidad. No lo es. También existen derechos al otro lado de la valla: los de quienes viven en Ceuta, los de los policías y guardias civiles que deben controlar una situación extraordinaria, los de quienes esperan legalmente para entrar en España y, en último término, los de todos los españoles a que las leyes aprobadas democráticamente sean cumplidas.

Hasta el propio Gobierno ha terminado reconociendo jurídicamente la excepcional gravedad de lo sucedido. El Real Decreto de 25 de agosto declara en Ceuta una situación de interés para la Seguridad Nacional y admite que la afluencia masiva y simultánea ha superado capacidades ordinarias de gestión, acogida, asistencia y seguridad ciudadana. Diez días después de aquella declaración, resulta difícil sostener que estábamos simplemente ante un episodio migratorio ordinario. Pero precisamente por eso surge una pregunta política inevitable: si ahora resulta imprescindible movilizar extraordinariamente recursos para controlar fronteras, garantizar la seguridad ciudadana y mantener el orden público, ¿qué falló antes para que fuera necesario llegar a esa situación?

Gobernar consiste sobre todo en prever. El éxito de una política fronteriza no se mide únicamente por la capacidad de reaccionar cuando miles de personas ya han entrado, sino por impedir razonablemente que una entrada masiva pueda producirse. Celebrar después el número de retornados puede ser necesario administrativamente, pero no borra el hecho precedente: primero hubo una frontera desbordada.

Ceuta contiene además una dimensión que España no debería minimizar nunca. No constituye una posición avanzada o provisional en el norte de África, sino territorio nacional español y, por tanto, frontera exterior de la Unión Europea. La distancia geográfica respecto de la Península no disminuye ni un milímetro las obligaciones constitucionales del Gobierno. Quizá por ello convendría recuperar una idea sencilla que nuestra época parece considerar excesivamente incómoda: el primer deber de un Gobierno es gobernar. Antes incluso de distribuir ayudas, elaborar discursos o buscar responsabilidades exteriores, tiene que garantizar que la ley pueda hacerse cumplir en el territorio cuya administración le ha sido encomendada.

Una nación puede discutir cuánto quiere admitir, cómo quiere acoger y qué política migratoria considera más justa. Todo eso pertenece legítimamente al debate democrático. Lo que ninguna democracia puede discutir indefinidamente es si sus fronteras deben cumplirse. Si la frontera deja de ser una línea jurídica efectiva para convertirse en una recomendación, no solamente se debilita la seguridad. Se debilita algo anterior y mucho más importante: la autoridad misma del Estado para hacer cumplir sus propias leyes.

Íñigo Castellano Barón

Escritor, historiador y articulista..

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