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ACERCA DEL ARTÍCULO 155

¿Por qué no hay ni habrá grandes motines y revueltas en Cataluña?

Los revolucionarios de la CUP
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Los revolucionarios de la CUP

28 OCTUBRE 2017

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(...) No se puede combatir una infección masiva aplicando dosis ridículas de antibiótico. El medicamento acaba convirtiéndose en vitaminas para los gérmenes y causando resistencias mortales...

Al contrario de las revueltas independentistas del XIX y XX no esperen barricadas ni amotinamientos en respuesta al 155, salvo por algún grupo incontrolado –que son los menos–, pues todo el movimiento independentista está perfectamente organizado con estructuras en la sombra y con una hoja de ruta milimétricamente trazada desde hace años. Por eso no ha de extrañarnos que los miles de voluntarios empapados de odio por una educación dirigida y planeada, así como por las cadenas y medios independentistas, tanto públicos como privados, se limiten a una “desobediencia pacífica” muy difícil de contrarrestar y también de perseguir penalmente.

Todo estaba ya previsto de antemano. Bien es verdad que tanto la fuga de empresas, el nulo reconocimiento internacional, así como la reacción popular de los constitucionalistas y la irritante prudencia del Gobierno Español, han sido contratiempos no previstos que harán retrasar los planes definitivos, pero la hoja de ruta sigue teniendo valor.

La razón de que no haya ya grandes disturbios callejeros es simple: después de la despenalización de la sedición impropia (declaración de independencia sin violencia) en el Codigo Penal de 1995 –el código del socialista Juan Alberto Belloch– y también de la despenalización de convocatorias de referendums, estratégicamente llevada a cabo en el 2005 por el Gobierno de Zapatero –recordemos que fue investido con el apoyo, entre otros, de Esquerra Republicana e Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya– (¡a ver para cuándo una reforma de la Ley Electoral que impida que sean las minorías nacionalistas las que gobiernen realmente!) va a ser muy difícil enjuiciar penalmente tanto a Puigdemont como al resto de separatistas siempre que no se demuestre que hay un alzamiento violento y tumultuario.

En una palabra, lo más probable es que, si no se puede asociar la violencia callejera con la DUI, no se les pueda acusar de traición, rebelión o sedición y se “vayan de rositas” o solo se les pueda aplicar tipos penales como la desobediencia, de escasa trascendencia penal.

Lo explica muy bien el diario digital CONFILEGAL especializado en temas jurídicos. Ver: https://confilegal.com/20170918-2008-magistrado-del-supremo-advirtio-al-pp-del-peligro-suponia-la-supresion-del-articulo-la-secesion-codigo-penal/ No olviden descargar el PDF adjunto con el estudio del entonces Magistrado del Tribunal Supremo D. Adolfo Prego sobre el problema de las despenalizaciones de referencia. Parecería escrito hoy mismo pero lo fue en 2008. ¡Grande! ¡Prego! ¡Grande! ¡Qué premonición y visión de futuro!

Mientras, a esperar sentados los resultados de las timoratas medidas del 155. Personalmente creo que es un error de bulto mantener a la televisión y radio oficial catalanas vomitando odio contra todo lo que no sea independencia. Allá el PSOE si piensa que esa afinidad le va a dar una ventaja en un futuro tripartito.

¿Proporcionalidad en las medidas del 155? ¡Claro que sí! Pero cuando la agresión al Estado de derecho ha sido al más alto nivel se exige más contundencia. Y ya sabemos… contundencia con prudencia es igual a ineficacia. No se puede combatir una infección masiva aplicando dosis ridículas de antibiótico. El medicamento acaba convirtiéndose en vitaminas para los gérmenes y causando resistencias mortales.
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