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Semáforos contra el pillaje de los bancos, dentro de los bancos

Jueves 05 de noviembre de 2015
El ministerio de Economía aprueba una orden estableciendo un sistema de indicadores de colores para alertar a los clientes de los bancos sobre el riesgo de los productos financieros. Las entidades bancarias tienen tres meses de plazo para implantarlos.

EUROPA PRESS

El ministerio de Economía ha aprobado una orden ministerial que establece un sistema de semáforos o números para alertar sobre el riesgo de los productos financieros. La información deberá ser entregada al cliente con carácter previo a la venta de productos bancarios, de seguros de vida con finalidad de ahorro, bonos empresariales, acciones y fondos de pensiones individuales o asociados. Las entidades deberán implantar este sistema en un plazo de tres meses.

Los comercializadores podrán elegir entre un semáforo con una gama de seis colores o una escala de números del uno al seis para que el cliente pueda saber de una forma rápida y sencilla el riesgo que está asumiendo. Para establecer la clasificación se tendrán en cuenta aspectos como si se garantiza o no el capital del producto, el plazo en el que se devuelve el principal y la calidad crediticia del producto o de la entidad emisora.

En la categoría uno (o color verde oscuro) se incluirán los productos de menor riesgo como los depósitos bancarios y los seguros con finalidad de ahorro. En la clase dos (verde claro) figuran los instrumentos con el 100% del capital garantizado y un plazo inferior a tres años, con una clasificación crediticia BBB+ o superior. La clase tres (amarillo claro) recoge los activos con un compromiso de devolución del 100%, un plazo de entre tres y cinco años y un rating entre BBB- o BBB. El grupo cuatro (amarillo oscuro) se refiere a las emisiones de entre cinco y 10 años de plazo y un rating BBB- o BBB. En la categoría cinco (naranja) están las emisiones de más de 10 años o las que garantizan solo un 90% del capital. En la clase seis (rojo) están el resto de productos, incluidas las acciones.

Además, se podrá establecer también una alerta sobre posibles limitaciones respecto a la liquidez y a los riesgos de la venta anticipada cuando el producto sea especialmente ilíquido, acompañada de una figura o dos figuras de un candado. Habrá también una alerta que indique que se trata de un producto complejo y difícil de entender acompañada de dos signos de exclamación.

El sistema de clasificación excluye los seguros, los fondos de pensiones colectivos, la deuda pública, los fondos de inversión y los derivados.