NUESTRAS FIRMAS

El nuevo Tratado sobre Gibraltar, una traición a España y una amenaza neocolonialista

Ilustración: La Crítica / IA)

LA CRÍTICA 29 JUNIO 2026

Alfredo Vílchez | Lunes 29 de junio de 2026

La frenética actividad del presidente del Gobierno por destruir España, interna y externamente, tiene su fiel reflejo en el asunto del Tratado sobre Gibraltar.

Pedro Sánchez no solamente ha autorizado al respecto un texto de claro entreguismo como el de los Acuerdos de Nochevieja de 2020, base del redactado por éste gobierno para el Tratado sobre Gibraltar de 2026, sino que ha renunciado a la defensa y control de sus fronteras cediendo esa potestad a FRONTEX —la agencia europea de Fronteras­— y entregado la capacidad de negociación del Tratado a la misma Unión Europea para sus acuerdos con el Reino Unido, renunciando así a la tarea propia de un Gobierno de proteger y controlar los límites de su país y los beneficios a obtener en los tratados internacionales. (...)



El control de las fronteras españolas no le interesa, no sólo por esa cesión a Frontex, sino por el expreso deseo de su violación, que se deduce de sus llamadas a la inmigración masiva y por sus recientes acciones de relajación en los controles a los marroquíes de Gibraltar, dos meses antes del previsto fin de la verja (OK Diario 1-5-2026), con lo que, desde Marruecos, ya no tendrán que venir en patera, sino coger el ferry a Gibraltar y luego pasar tranquilamente por la “frontera fluida”, término que, además de una locura, es un oxímoron porque el concepto “frontera” ya expresa límite, detención incompatible con la fluidez sin control que se busca.

Además de lo dicho hasta este momento, en lo referente al Tratado, hay razones más que de sobra que demuestran que, o Sánchez está desquiciado —cuestión que va ganando adeptos poco a poco—, o sabe perfectamente lo que hace, aunque los demás no alcancemos a comprender por qué destruir su país.

Una de ellas es que el texto español propuesto para la negociación del Tratado no ha sido conocido hasta que la Unión Europea hizo pública la traducción de lo acordado el 11 de junio de 2025. Se redactó sin consulta a la Asesoría Jurídica Internacional del Ministerio de Exteriores, sin duda para mantener el secreto; se mandó en inglés a los alcaldes afectados, cuando se publicó el Acuerdo en la UE; y no se facilitó la traducción hasta que la envió la UE, sin duda porque en el ministerio no debía haber nadie que hablara inglés… o del que pudiera fiarse Albares. Además, se condecoró en privado a los que habían participado en él. En privado. ¿Por qué? ¿Quizá para que no se supiera antes de tiempo que el texto era una suma de sandeces progresistas, como el mantra de la “prosperidad compartida” que ocultaban la cesión sin contrapartidas?

Otra, mucho peor, es que el texto y la cesión correspondiente se hizo a espaldas de las Cortes, sin darles información ni posibilidad de oposición, cuestión importante, porque, en un Acuerdo/Tratado por el que se podría perder para siempre parte del territorio español, es preceptiva, constitucionalmente, la intervención del Parlamento.

No había más que consultar el texto británico para darse cuenta de cuál sería la consecuencia del Acuerdo/Tratado: El Reino Unido, junto al Gobierno de Gibraltar, llega a un acuerdo político con la UE que protegerá la soberanía británica, la autonomía militar del Reino Unido y garantizará el futuro económico de Gibraltar.

¿Suficientemente claro? ¿Por qué se permitió que Gibraltar participara en las negociaciones, si ni siquiera es un país? Porque España no está, al ceder su potestad a la UE.

Y el orden en el enunciado británico es importante: primero, la soberanía de la zona (que perderá España si se firma); después, la autonomía militar británica de la base; y, por último, el futuro de la población de Gibraltar.

Consecuencia del Acuerdo de 11 de junio de 2025 fue el Tratado, publicado el 26 de febrero de 2026. Un texto extensísimo (1.020 páginas, con 336 artículos y 43 anexos) que usa un lenguaje de muy difícil comprensión —quizá para dejar campo libre a interpretaciones posteriores convenientes— y que a veces parece sacado del camarote de los hermanos Marx (como el del artículo 336, apartado 4, que dice: “A partir de la fecha de la aplicación provisional del presente Acuerdo, las Partes entenderán hechas a tal fecha las referencias hechas en el presente Acuerdo a la «fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo» o a la «entrada en vigor del presente Acuerdo"), que deja demasiadas cosas a regular en acuerdos posteriores —posiblemente por la misma razón del lenguaje retorcido— y que tiene una ausencia altamente preocupante: no determina el territorio al que se aplicará el Tratado. Importante y preocupante, decimos, porque deja la puerta abierta a que sea el RU el que lo determine. Si considerara que sus necesidades vitales, económicas o territoriales, necesitan de la Comarca del Campo de Gibraltar, lo podría determinar así, con lo que el Campo sería una colonia de la colonia.

Hemos de tener en cuenta que la determinación territorial británica se apoderó del istmo en el XIX, alegando el uso continuado; se apoderó del espacio aéreo sobre Gibraltar en 1967 arguyendo lo mismo, aunque eso contribuyó al cierre total español de la verja en junio de 1969; y se considera con derechos a las aguas aún españolas señaladas por Utrecht, con el mismo argumento del uso continuado. Por todo eso, no es descabellado pensar que la complejidad del lenguaje usado, el posponer la resolución de conflictos para más adelante, y la no determinación territorial del Tratado, tengan como finalidad la ampliación de sus “conveniencias”, territoriales y económicas, en el momento y ocasión oportunas, justificándolo con el “uso continuado”. ¿Por qué nos lo han permitido ustedes? podrían decir en un futuro.

A la sospecha de que quieren hacer cuanto se pueda para que, si hay alguna posibilidad de vuelta atrás, se unan eso del “uso continuado” y aquella frase del “¡ya que está hecho, cuesta más deshacerlo!”. A esa sospecha, decimos, da verosimilitud la prisa de la Unión Europea por sacar a Gibraltar de la lista de paraísos fiscales (2024) antes de la firma del Acuerdo, y la puesta en práctica “provisionalmente” del contenido del Tratado.

¿Por qué provisionalmente? ¿Será porque temen estar haciéndolo mal con basar el tratado en las competencias EXCLUSIVAS de la Unión Europea cuando debería hacerse por las MIXTAS? El Tratado de la Unión define que, cuando se traten de asuntos de competencias propias (exclusivas) de la UE, bastará con que lo aprueben el Consejo, la Comisión y el Parlamento europeo, mientras que, si se trata de competencias de carácter mixto, es decir, que afectan íntimamente a los Estados, será absolutamente necesaria la opinión del Parlamento del país afectado.

Como el Gobierno español no quiere que las Cortes participen, no dice nada a que lo tramiten como competencia exclusiva, pero los juristas comunitarios saben que eso puede ser un motivo de impugnación, porque el Tratado cercenará una parte del territorio español que quedará bajo otra soberanía. De ahí la cuestión “provisional”, ya que el Tratado se salta la reintegración territorial declarada por la ONU y da validez jurídica a usurpaciones que, hasta el momento de la firma, no tienen título jurídico alguno.

Para ir terminando, en vez de utilizar mis palabras, prefiero usar las contundentes de la doctora Natividad Fernández Sola:

-El RU nunca aceptó las limitaciones que suponía el Espacio Shengen. Ni siquiera cuando aún estaba en la UE. Pero ahora sí, usando a Gibraltar, porque RU sigue fuera, pero Gibraltar estará dentro. (Y tendrá frontera fluida. Y no habrá control ni para el personal ni para el material militar de la base. Y esta tendrá así un pie puesto ya en territorio europeo)

-Cada disposición del Tratado es un campo minado para España.

-El Tratado es la dejación de soberanía más grande que se haya producido nunca. No se puede negociar un tratado inconstitucional, y dejar su ratificación a terceros.

España, desde el Brexit a este Tratado, ha tenido oportunidades de oro para recuperar Gibraltar. Todo el mundo conoce la frase de que Inglaterra no tiene aliados sino intereses. No es literalmente lo que dijo lord Palmesrton en 1851, pero sí su esencia. Por ello, la mejor manera de recuperar Gibraltar, es atacando esos intereses. Y los mismos ingleses nos dan los medios:

Fabián Picardo, el 8 de junio de 2025, tres días antes del Acuerdo: “Un no acuerdo hipotecaría el futuro cotidiano y empresarial del Peñón”

Acuerdo de 11 de junio de 2025: el acuerdo de hoy ofrece una solución práctica para evitar controles onerosos y largos retrasos en la frontera, que habrían resultado ruinosos para la economía de Gibraltar, que cuesta CIENTOS DE MILLONES al año, y ejerce presión sobre el contribuyente británico por el apoyo fiscal.

Baronesa Chapman, ministra de Desarrollo Internacional y América latina, el 22 de junio de 2025: Todos los productos británicos destinados a los supermercados gibraltareños sufrirían largos controles aduaneros (¿?), costarían CIENTOS DE MILLONES de libras al año y haría que el contribuyente británico asumiera la factura.

Joseph García, viceministro principal de Gibraltar, el 6 de enero de 2026: El futuro, sin tratado, sería frío y sombrío

¿Está claro que lo que convendría sería el cierre total de la verja, y no su desaparición y la creación de una frontera fluida?

Alfredo Vílchez Díaz. Autor de Gibraltar 2026. Una usurpación permanente. Una rendición consumada. SND Editores, mayo 2026.