Fidel García Martínez

Objeción de conciencia, eutanasia y tauromaquia

La señora Ana González, mayoral socialista de su cortijo de Gijón (o sea, su alcaldesa), corta los toros por lo sano al considerar impropios los nombres de alguno de los astados ("Feminista" y "Nigeriano"). ¡Ea! (Foto: www.okdiario.com).

GIJÓN SIN TOROS POR ORDEN MUNICIPAL

LA CRÍTICA, 19 AGOSTO 2021

Fidel García Martínez | Jueves 19 de agosto de 2021
La fiesta nacional de la tauromaquia ha levantado en Gijón una dura y extraña polémica entre pro y contra de los toros. Resulta sorprendente que desde instancias municipales que deben estar al servicio de todos los gijoneses se tomen posturas contrarias y contradictorias según convengan los intereses ideológicos partidistas: (…)

…los mismos que festejan con alardes entusiastas las leyes que atentan contra el derecho fundamental a la vida desde la concepción hasta la muerte natural (aborto y eutanasia, ¿derecho a morir?), cuestionan los festejos taurinos porque suponen la muerte de los animales de forma, dicen ellos no artística sino violenta.

Es evidente que todos los animales, hasta el hermano lobo, como decía el mayor y más grande ecologista de todos los tiempos, Francisco de Asis, son criaturas de Nuestro Señor, pero ninguna lo es tanto como los inocentes concebidos y no nacidos o los ancianos en sus últimos momentos.

Con motivo de la aprobación de ley de Eutanasia, la objeción de conciencia ha vuelto a tener un protagonismo especial. Una ley que ha sido aprobada entre abrazos y aplausos de los grupos que la han votado, sin consultar a los profesionales del derecho ni de la medicina, en los momentos más duros de la Convid-19, que ha provocado la muerte de muchas personas mayores en la más absoluta soledad.

La objecciónn de conciencia tal como se conoce hoy se formalizó en EE.UU en 1661 cuando el movimiento de los cuáqueros obtuvieron una regulación especial que les dispensaba del servicio militar obligatorio. Desde entonces esta objeción de conciencia al servicio militar obligatorio se ha extendido por muchos países, que la reconocen. Modernamente la objeción de conciencia se extiende y se amplía a otros supuestos, porque la concepción objetiva de la moralidad afirma que la ley moral natural, inscrita en la naturaleza humana, obliga naturalamente. La fundamentación objetiva de la moral y del derecho entra de lleno en las leyes de los Estados, porque si la ley es injusta, la objeción de conciencia no es solo un derecho sino un deber. Pero si la ley es justa no cabe la objeción de conciencia. La existencia de una ley injusta puede provocar en los ciudadanos conflictos graves de conciencia, como sucede en algunos países con la legalización del aborto, un acto que la ley natural objetiva califica sin más de inmoral.

En España la reciente ley de la Eutanasia, está planteando dos tipos de objeción de conciencia, una que se puede llamar fiscal, es decir hasta qué punto un ciudadano tiene que pagar impuestos que sirven para sostener un hospital en que se practica la eutanasia. Otro tipo de objeción de conciencia puede darse y de hecho se da entre los profesionales de la medicina. ¿Puede un médico o una enfermera practicar la eutanasia en cada caso concreto en contra de su conciencia, que condena ese acto como un mal? ¿Puede ser sancionado si se niega?. En este caso se trata de introducir la llamada cláusula de conciencia que no es sino reconocer la objeción de conciencia que puede exisitir en el personal sanitario.

La pregunta es de recibo: ¿pueden los toreros acogerse a la objeción de conciencia para no aplicar la muerte por espada a las reses con las que a veces triunfan con orejas y rabos con sus trajes de luces ensangrentados?