Manuel Pastor Martínez

Pedro Sánchez y la Justicia Social

Pedro Sánchez, el ínclito Presidente del Gobierno de todos los españoles. (Foto: en todas partes)

LA CRÍTICA, 3 MAYO 2019

Manuel Pastor Martínez | Viernes 03 de mayo de 2019
Durante los penosos debates de la pasada campaña electoral el Doctor Fraude invocó reiteradamente el objetivo ideológico –en ausencia de un programa realista y creíble de su partido– de una presunta e ideal “Justicia Social”. ...

... Ciertamente no es Pedro Sánchez el único (por ejemplo, algún nostálgico falangista en el grupo Intereconomía también) que viene empleando profusa y con ligereza este famoso shibboleth de la jerga progresista, como han documentado y nos han recordado, entre otros, Friedrich A. Hayek o Thomas Sowell en sus múltiples escritos.

Digámoslo claramente: la Justicia, si es auténtica e imparcial, no necesita adjetivos. La justicia social, burguesa o proletaria, nacional, racial o religiosa (cristiana, budista, islámica… etc.), es siempre parcial en razón de sus adjetivaciones. Por otra parte, hablando con rigor y objetividad, la expresión “Justicia Social” es una redundancia: “Toda justicia es inherentemente social. ¿Puede alguien en una isla desierta ser justo o injusto?” (T. Sowell, The Quest for Cosmic Justice, The Free Press, New York, 1999, p. 3).

Una vez conocidos los resultados en las elecciones parlamentarias españolas del 28-A, el victorioso líder del PSOE Pedro Sánchez ha declarado de nuevo que, respetando el marco de la Constitución y teniendo en cuenta las posibles alianzas, su objetivo principal sigue siendo “avanzar hacia la Justicia Social”.

Suena bien pero no significa nada. Para Sánchez probablemente es una forma suave y vergonzante de referirse al utópico e imposible socialismo en las sociedades avanzadas y libres del siglo XXI.

La Constitución Española desde el Preámbulo ya menciona la Justicia sin adjetivos: “La Nación Española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran…etc.” Y en el Título Preliminar, el artículo 1. 1. proclama: “España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.”

A la expresión “Estado social” (desarrollada por Hermann Heller en un sentido “socialdemócrata”, siguiendo la tradición de Lasalle, Bernstein y los Fabianos) se le puede objetar lo mismo que Sowell hacía a la “Justicia Social”: todo Estado es inherentemente social. El Estado, la Iglesia o un partido pueden tener una doctrina o una política social, pero ello no debe condicionar el carácter constitucional e independiente de la Justicia.

Históricamente la Iglesia Católica ha liderado con gran legitimidad una doctrina social frente al socialismo, y en algunos de sus textos ha deslizado equívocamente el concepto de Justicia Social. De hecho, el primer autor de un tratado que lleva por título la expresión se debe a un sacerdote católico, Antonio Rosmini-Serbati, La Constitutione secondo la Giustizia Sociale (Milano, 1848).

Rosmini fue denunciado por los Jesuitas, quienes más adelante se apropiaron del concepto durante su colaboración con el Fascismo y después con la Teología de la Liberación (presumo que también en el caso del jesuita Bergoglio –Papa Francisco– con su Teología del Pueblo). Antonio Rosmini y John Stuart Mill –al que Hayek atribuye la equivalencia entre Justicia Social y justicia distributiva– influyeron decisivamente en el socialismo británico de los Fabianos y del Partido Laborista.

La literatura crítica sobre las falacias ideológicas de “Justicia Social” es considerable (Leacock, Carver, Hobhouse, Willoughby, Shields, Baldwin, Rescher, etc). Entre los autores más importantes, F. A. Hayek le dedicó dos textos fundamentales: The Mirage of Social Justice (Law, Legislation, and Liberty, vol. 2, Chicago, 1976), y The Fatal Conceit. The Errors of Socialism (Cap. 7, Chicago, 1988). T. Sowell publicó varios ensayos sobre el tema (en 1982, 1984, 1996…) integrados en su obra The Quest for Cosmisc Justice (New York, 1999).

Mussolini, Stalin, Hitler, Franco y la Falange, Perón, Castro, Chávez, comunistas, fascistas y populistas de izquierdas, entre otros, invocaron la Justicia Social como objetivo ideológico. El filósofo político John Rawls, sin adjetivar “Social” su teoría de la Justicia, se aproximó –como apuntó Daniel Bell– a una justificación intelectual y moral del socialismo.

En cualquier caso no podemos pedir peras al olmo, y por tanto no creo que Pedro Sánchez haya sido capaz de una reflexión sobre estas ideas, y comprender –como subraya Hayek– que Justicia Social se trata de un concepto vacuo, de hecho una mera explosión de retórica y emoción moral sin concreción práctica. Mientras escribo esto veo en las noticias de televisión al ex sacerdote socialista Gabilondo, candidato del PSOE a presidente de la Comunidad de Madrid, invocando también la Justicia Social.

El problema de fondo es qué oculta Pedro Sánchez tras su eslogan “Justicia Social” en el marco constitucional, como él afirmaba en sus primeras declaraciones tras las elecciones del 28-A. Lo he escrito reiteradamente: una Constitución debe ser normativa, no meramente nominal o semántica (K. Loewenstein), y no puede legitimar las fuerzas de su propia destrucción (C. Schmitt).

Si Sánchez, para mantenerse en el poder y ser investido parlamentariamente, pactara con golpistas, separatistas o anti-constitucionalistas, el Rey y el Poder Judicial –defensores meta-políticos de la Constitución– deberían rechazar su candidatura a presidente del Gobierno.