SEGURIDAD Y DEFENSA

Seguridad y Defensa, dos conceptos distintos

Felipe VI, Rey de España y Jefe de sus Fuerzas Armadas

La Crítica, 23 Julio 2017

Felipe Quero Rodiles | Domingo 23 de julio de 2017
(...) Todo esfuerzo que la sociedad haga en beneficio de su Defensa Nacional supone un beneficio muy saludable para la Seguridad Nacional, para la Seguridad Colectiva y, en definitiva, para todos...

La seguridad es atractiva y deseable porque proporciona sosiego y tranquilidad, condiciones esenciales para toda obra humana. Sin embargo en los últimos tiempos su idea se hace cada vez más confusa, como lo corroboran las múltiples referencias y consideraciones que abundan desde el final de la Guerra Fría (seguridad ciudadana, sanitaria, alimentaria, laboral, jurídica, social, nacional, colectiva, compartida, cooperativa, etc.).

Una primera razón para esa confusión es la generalización. Considerar que todas las seguridades son similares es un error, y presenta a policías, médicos, jueces, militares y funcionarios en elementos de seguridad.

Otra razón de confusión es la denominación de las policías como Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que, aunque aparentemente poco importante, goza de una elevada resonancia social y los avala como elementos principales de la seguridad.

Una tercera razón es la cita habitual en documentos, discursos, textos y artículos, de la seguridad y defensa, juntos, como si de un concepto único se tratase, enfocándola en que la seguridad es igual que defensa pero más amplia, lo cual es falso, como veremos.

Una última razón es la apelación a la seguridad colectiva como solución. Concepto surgido después de la Segunda Guerra Mundial, como compromiso entre varias naciones para crear una seguridad común, provoca con frecuencia el error de transferir el problema de la seguridad a la comunidad de dichas naciones.

Estas y otras razones parecidas inducen a la ambigüedad conceptual entre la seguridad y la defensa, dos conceptos distintos y fundamentales que es necesario distinguir para propiciar el adecuado respaldo de la sociedad. Vamos a tratar de cooperar en dicha distinción para mejorar percepción de la sociedad, no en balde una nomenclatura bien definida es esencial para un pensamiento claro, como dijo Lidell Hart.

Los conceptos modernos de seguridad y defensa se asentaron en el mundo desarrollado en la década de los 60, y en España prosperaron como fruto de los seminarios y trabajos del entonces recién creado Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (CESEDEN), culminaron con la ley 6/80, reguladora de los criterios básicos de la Defensa Nacional y la Organización Militar, y continúan vigentes como lo constatan las leyes 5/2005, de la Defensa Nacional, y 36/2015, de Seguridad Nacional, aunque con una cierta ambigüedad consonante con las corrientes de la época.

Aunque nunca se contó con un texto doctrinal, ambos conceptos progresaron con fuerza, ajustándose a una estructura conceptual aceptada de Seguridad y Defensa, según la cual por seguridad se entiende la calidad de un estado o situación libre, exenta o a cubierto de riesgos y amenazas. Y si por riesgo se entiende la posibilidad de que se produzca un daño, natural o artificial, y por amenaza la probabilidad de que un daño, espontáneo o intencionado, pueda hacerse realidad, habrá que reconocer que el factor determinante de la seguridad es la amenaza. La multiplicidad de agentes amenazantes, la variedad de formas de agresión y la diversidad de bienes a proteger hacen imposible la seguridad total.

Pero hay que distinguir entre amenazas, la que atenta contra la existencia de la Nación, su identidad, integridad, independencia y soberanía, y la que sólo atenta contra sectores de la vida ordinaria de la sociedad (trabajo, propiedad, enseñanza, orden público, sanidad). Por su trascendencia, la primera es de orden mayor porque afecta a la supervivencia nacional y configura la seguridad como garantía de la supervivencia nacional, es la Seguridad Nacional. Por su limitado ámbito, la segunda es de orden menor porque afecta sólo a un sector concreto de la sociedad, que debe ser debidamente protegido, pero no atenta contra la existencia de la Nación, son seguridades sectoriales, que hay que atender debidamente pero a otra escala, y cuando una amenaza sectorial pueda llegar convertirse en amenaza nacional se integra en la Seguridad Nacional.

La seguridad es pues un fin, una meta a alcanzar, que en el caso de la Seguridad Nacional se configura como el fin primario del Estado, anterior a todos los demás porque salvaguarda los bienes esenciales y permanentes de la Nación. Se formula en la Constitución y tiene una prolongada vigencia por el carácter permanente de los bienes protegidos y queda, también por ello, excluida de la acción política ordinaria. Cualquier documento sobre Estrategia de Seguridad servirá para fijar las líneas de acción para acomodarla a las circunstancias del momento, pero no para modificarla.

Hacer efectiva toda seguridad exige un medio adecuado. En el caso de la Seguridad Nacional, ese medio es la Defensa Nacional, definida con acierto por la citada ley 6/80 como disposición, integración y acción coordinada de todas las energías y fuerzas morales y materiales de la nación ante cualquier forma de agresión. La Defensa Nacional es pues todo el sistema de capacidades nacionales necesarias para afrontar eficazmente las amenazas que atentan contra la existencia de la Nación. Por su condición de medio su naturaleza es variable por lo que es objeto de la política ordinaria, la Política de Defensa. Y como la forma amenazante más grave de todas las que pueden gravitar sobre una Nación es la guerra, el elemento principal de la Defensa Nacional es su fuerza militar, sus Fuerzas Armadas.

Así pues la Seguridad Nacional es el fin primario y principal del Estado, y la Defensa Nacional es el medio que la hace posible, dos conceptos claramente diferentes.

Los parámetros que concretan la Seguridad Nacional son la amenaza (identificación fundamental para que la Seguridad Nacional tenga sentido), los bienes a proteger (sin los cuales la Seguridad Nacional queda vacía de contenido), y el grado de seguridad a alcanzar (decisión sin la cual la Seguridad Nacional resulta absurda).

Una última consideración sobre la Seguridad Colectiva. La idea-fuerza para exista es que las Naciones asociadas perciban la existencia de la amenaza común, sientan la conveniencia de salvaguardar bienes comunes, y decidan dedicar el esfuerzo de todas para hacerla efectiva. El medio para hacerla efectiva es la Defensa Común o integración de las capacidades nacionales de la asociación en un único sistema, lo que proporciona una capacidad muy superior a la mera suma de las capacidades nacionales. Pero la Seguridad Colectiva proporciona con frecuencia otra razón de confusión, la de que algunas Naciones asociadas confían su Defensa Nacional a la Defensa Común, con el convencimiento de que cubrirá sus carencias, especialmente cuando se alinea una gran potencia militar.

Un ejemplo paradigmático de la Seguridad Colectiva es la Alianza Atlántica, de eficacia constatada en sus casi setenta años de existencia. Tiene formulada su Seguridad en el texto del Tratado, y cuenta con una Defensa Común (sistema de decisiones, estructuras de mando, unidades nacionales asignadas, procedimientos operativos, etc.), pero padece con frecuencia del mal de las carencias, haciendo descansar la Defensa Común en el paraguas protector de Estados Unidos. Así el objetivo de gastos de Defensa por naciones para el año 2015 se fijó en el 2% del PIB, pero 23 de sus 28 miembros se mantuvieron por debajo, la última Luxemburgo con el 0,5 %, seguida de España, Hungría y Bélgica con el 0,9 %, mientras Polonia dedicó el 2,2 % y Grecia el 2,4 %, culminando Estados Unidos con el 3,6 % de su PIB. No puede sorprender entonces la reclamación del nuevo Presidente norteamericano a sus aliados europeos de dedicar más recursos a sus Defensa Nacionales para alcanzar un adecuado nivel de Seguridad Colectiva.

Además, conviene no perder de vista que las Naciones asociadas pueden ser objeto de dos amenazas. La que atenta contra el proyecto común, la amenaza común, que se afronta con la Defensa Común, y la amenaza particular, nacional, que atenta contra la existencia de una Nación, y se afronta con su Defensa Nacional. Necesariamente, la amenaza nacional no siempre activa la Defensa Común, por lo que la Defensa Nacional es prioritaria y ha de configurarse como la aportación normal a la Defensa Común.

Todo esfuerzo que la sociedad haga en beneficio de su Defensa Nacional supone un beneficio muy saludable para la Seguridad Nacional, para la Seguridad Colectiva y, en definitiva, para todos.